lunes, 19 de mayo de 2008

La Seguridad Social ha tramitado 87.677 procesos de maternidad y 67.805 de paternidad en el primer trimestre de 2008

La Seguridad Social dedicó 388 (388.738.487,45) al pago de la prestación por maternidad y 49 millones de euros (49.051.814,79) a la de paternidad, en el primer trimestre de 2008. El permiso de 15 días para los padres trabajadores se creó con la Ley de Igualdad que el pasado 24 de marzo cumplió un año de su entrada en vigor.

Maternidad

Entre enero y marzo de 2008, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, gestionó 87.677 prestaciones económicas por maternidad, cuya cuantía es equivalente al salario íntegro de la trabajadora. Esta cifra indica un crecimiento del número de procesos por maternidad del 5,13% con respecto al mismo período del año anterior. Del conjunto de prestaciones reconocidas, la mayor parte, 86.397, corresponden a permisos disfrutados por la madre y 1.280 a permisos disfrutados por el padre.

Su cuantía es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).

Además, el padre puede disfrutar del tiempo de permiso cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación. La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso, a excepción de las seis primeras semanas que son de descanso obligatorio para la madre (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre).

Paternidad

El número de procesos por paternidad hasta el 31 de marzo ha sido de 67.805, con un coste de 49 millones de euros (49.051.814,79).

El 24 de marzo de 2007 entró en vigor la Ley de Igualdad que estableció un permiso por paternidad independiente del de la madre y compatible con el disfrute por parte del padre del permiso por maternidad, cuando es cedido por la madre.

La cuantía del subsidio por paternidad es la misma que el importe del permiso por maternidad: 100% de la base reguladora de la prestación de IT, derivada de contingencias comunes. La prestación se abona por un periodo de 15 días (dos más por cada hijo a partir del segundo).

Distribución porcentual por comunidades autónomas

En cuanto a permisos por maternidad, el mayor número corresponde a Andalucía (16.351), Cataluña (15.869) Madrid (14.223) y la Comunidad Valenciana (8.856). Las comunidades donde más ha aumentado el número total de permisos por maternidad con relación al mismo periodo del año anterior, son Melilla (24,05%), Aragón (28,09%), Extremadura (14,14%), Castilla-La Mancha (13,44%) y Andalucía (10,92%).

El número de padres que accede a este permiso ha descendido un 8,90% en relación con el primer trimestre de 2007.

Las comunidades autónomas en donde más ha aumentado el número de padres que se acoge al permiso por maternidad son Extremadura (100%), Aragón (25,58%), La Rioja (20%), Andalucía (17,61%) y Baleares (16,13%). Por el contrario, donde más ha disminuido la cifra de padres que utiliza el permiso son: C. Valenciana (-37,06%), Cantabria (-35%), País Vasco (-30,81%), Murcia (-19,05%) y
Navarra (-18,31%).

En cuanto a permisos por paternidad el mayor número de procesos corresponde a Cataluña (12.567), Andalucía (11.172), Madrid (10.827) y la C. Valenciana (6.997). Ceuta y Melilla son las que han registrado menos subsidios por paternidad, 55 y 52, respectivamente.

Excedencia por cuidado de hijo, menor acogido o familiar

Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.

La presente estadística se refiere a los datos correspondientes a los tres últimos años. En el año 2005, el número de excedencias por cuidado de hijos o familiares fue de 31.735 (30.270 mujeres y 1.465 hombres); en 2006, la cifra alcanzó las 35.205 excedencias (33.388 mujeres y 1.817 hombres); finalmente, en 2007 se incrementó hasta 40.237 (37.910 mujeres y 2.327 hombres).

Los datos de 2007 incorporan ya, desde el 24 de marzo, la ampliación de la prestación que introdujo la Ley de Igualdad.


Publicado en: http://www.tt.mtas.es/periodico/seguridadsocial/200804/SS20080430.htm
Fecha: 30/04/2008

EL PAIS - Los sindicatos se unen para que los salarios superen los 1.000 euros

Ningún convenio por debajo de los 1.000 euros". Éste fue uno de los lemas coreados el pasado Primero de Mayo. Los sindicatos UGT y CC OO recogieron el guante y ayer lanzaron una "ofensiva" para que los convenios colectivos establezcan un salario de 1.000 euros brutos mensuales y 14 pagas. Las dos organizaciones reclamaron en un manifiesto que el salario mínimo interprofesional, ahora de 600 euros, crezca entre 2009 y 2012 el 8% anual para que alcance los 1.000 euros.

Los dos sindicatos también exigieron que administraciones y empresas busquen una mayor competitividad con una apuesta por la innovación, la mejora de la organización y la formación. También el Consejo de Trabajo Económico y Social de Cataluña (CTESC) reclamó ayer que se reformen "las políticas activas y los servicios de empleo" ahora que se revisa el acuerdo por la competitividad.

El CTESC aprobó en pleno un informe en el que pide una reflexión sobre la recolocación de trabajadores, sobre todo ahora que el parón de la construcción engrosa los datos de paro. El consejo sugirió que se reflexione sobre quién debe asumir el coste de la recolocación (la empresa, la Administración o ambas). Además exigió que se adopten medidas sociales (guarderías, desplazamientos) para facilitar la transición de un puesto de trabajo a otro.

El Departamento de Trabajo de la Generalitat anunció ayer que ofrecerá un empleo temporal en la campaña agraria de Lleida a más de 2.000 personas con escasa cualificación procedentes de la construcción, informa Lluís Visa.


http://www.elpais.com/articulo/cataluna/sindicatos/unen/salarios/superen/10 00/euros/elpepiespcat/20080517elpcat_1/Tes
Fecha: 18/05/2008

CINCO DIAS - El 37% de los discapacitados contratados realiza trabajos de oficina

R. Correro

La persona que tenemos en recepción es una chica con la que estamos encantados porque funciona, además es educada y agradable a la hora de hablar'. La chica a la que el empresario se refiere tiene un grado de discapacidad del 65%, debido a una esclerosis múltiple. Esta es una de las experiencias y opiniones que recoge el estudio Perspectivas del mundo empresarial respecto a la contratación de personas con discapacidad, elaborado por las fundaciones de la ONCE y de Manpower. Una de las conclusiones del informe es que los empresarios que no han contratado nunca a personas con minusvalía muestran algunas dudas con respecto al rendimiento laboral del colectivo. Sin embargo, las experiencias reales con trabajadores con discapacidad contribuyen de manera significativa a mejorar la opinión sobre el colectivo.

En cualquier caso, la contratación de personas con algún grado de minusvalía sigue siendo en España una asignatura pendiente. Según los últimos datos disponibles, si para la población general la tasa de actividad supera el 70%, para las personas con alguna discapacidad la cifra se reduce al 33,7%. A la vez, el porcentaje de desempleados sobre activos era, entre los minusválidos, de un 15,3%, mientras que en el conjunto de la población la cifra era inferior en más de cinco puntos.

La Ley de Integración Social y Laboral de Minusválidos establece que las empresas públicas y privadas de más de 50

trabajadores están obligadas a emplear un número de discapacitados no inferior al 2% de la plantilla. Así, el 62,2% de las compañías españolas de este tamaño esgrimen el cumplir con la ley como la motivación más importante a la hora de contratar un trabajador discapacitado. Un 21,4% aduce también las ventajas económicas y fiscales que comporta su incorporación a la plantilla. La ley establece una bonificación de la cuota que debe pagar el empresario del 90% cuando se trata de trabajadores mayores de 45 años y del 70% para los menores de esa edad. Si se trata de una mujer, la bonificación se eleva al 100% para las mayores de 45 años y al 90% para las menores. La normativa incluye también una subvención de 3.906 euros al comienzo del contrato.

El informe revela también que existe en algunos casos una desinformación sobre la obligatoriedad legal de contratación de discapacitados. Concretamente, el estudio hace referencia a algunas empresas de más de 50 trabajadores que nunca han incorporado personas minusválidas y que dicen no haberlo hecho por desconocimiento de la Ley de Integración. También se da el caso de aquellas que, aun conociéndola, no la cumplen porque consideran que es 'muy difícil que llegue a darse la sanción por parte de la Administración'.

En este sentido, el 26,5% de las empresas (sin tener en cuenta el tamaño) que no tienen ningún empleado de este tipo dice desconocer la obligación de contratación de minusválidos.

Una vez analizada la situación, el informe concluye que la ley no ha generado la necesidad de contratar empleados con discapacidad, debido, sobre todo, a la ligereza por parte de la Administración en la vigilancia de su cumplimiento. Así, los responsables de los departamentos de recursos humanos de las grandes empresas reconocen que las posibilidades de que sufran una inspección de trabajo en la que se penalice el incumplimiento de la cuota son muy reducidas. 'Aunque la ley ha generado un marco legal favorable para la integración del colectivo, no se ha producido en paralelo una concienciación real de las compañías', argumenta el estudio, 'bien mediante la generación de una cultura adecuada para la integración, bien mediante las medidas de carácter más restrictivo con el cumplimiento de la ley'.

En cuanto al tipo de empleo que desempeñan habitualmente los trabajadores discapacitados, datos de 2006 revelan que la mayoría (un 37,7%) fue contratada para realizar trabajos de oficina. El 31,8% lo fue para desempeñar empleos no cualificados, mientras que en tercer lugar aparece la categoría de trabajadores de servicio y comercio, con un 17,7% de los minusválidos realizando tareas que se agrupan bajo ese epígrafe.

El estudio ha sido realizado con encuestas a 1.503 empresas españolas y después se ha profundizado en sus opiniones con la realización de 12 grupos de trabajo.

LAS CIFRAS

70% es el porcentaje de empleados discapacitados que se dedica a empleos de oficina o no cualificados.

28% de empresarios aduce motivaciones económicas a la hora de argumentar la contratación de un minusválido.

38.500 empresas españolas con más de 50 empleados, que deben incorporar al menos un 2% de trabajadores discapacitados.

70% 28%38.500Un incumplimiento muy denunciado


Un informe de la fundación Equipara revela que Canarias es la comunidad autónoma donde menos se cumple la normativa, con un 6% de las empresas de más de 50 trabajadores que cumplen con la obligación de contratar un 2% de discapacitados. En segundo lugar del ranking de las comunidades menos cumplidoras con la Ley de Integración Social y Laboral de Minusválidos se encuentran Extremadura y Madrid, donde el porcentaje de compañías que cumplen es del 8%. Murcia es la que más lo cumple, con un 40%. Según el citado informe en España hay unas 35.800 empresas de más de 50 empleados.

El 98% de las empresas leridanas con más de 50 trabajadores no contratan personas discapacitadas, a pesar de que legalmente están obligadas a ello, según ha denunciado en varias ocasiones la Aspid (Asociación de Parapléjicos y Discapacitados de Lérida).

La entidad ha analizado a 168 empresas de Lérida. Aunque la normativa establece que estas empresas deben contar al menos con un 2% de discapacitados en sus plantillas, el 80% reconocen explícitamente que no cumplen la ley. 'Las inspecciones de trabajo son anecdóticas y las sanciones económicas, ridículas', según Josep Giralt, presidente de Aspid.

Publicado en: http://www.cincodias.com/articulo/Directivos/37/discapacitados/contratados/ realiza/trabajos/oficina/cdspor/20080517cdscdidir_3/Tes/
Fecha: 18/05/2008
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